viernes, 13 de mayo de 2011

Saldos a Favor IVA cuando la declaración se presento en ceros LEY 1430/2010



Cuando una declaración de Iva resulta con valores en cero no  en necesario presentarla, ¿pero qué sucede si la declaración del periodo anterior arrojó un saldo a favor?.

El artículo 22 de la ley 1430 de 2010 dispuso que no es necesario presentar la declaración de Iva “en los períodos en los cuales no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones en los términos de lo dispuesto en los artículos 484 y 486 del Estatuto Tributario”.

En primer lugar, dentro de las situaciones que permiten no presentar la declaración de Iva no está el hecho de tener un saldo a favor en periodos anteriores, pero su existencia tampoco obliga a que el contribuyente deba presentarla.

Sucede que el contribuyente no está obligado a imputar en la declaración el saldo a favor generado en periodos anteriores, de modo que si el contribuyente haciendo uso de la autonomía que le confiere la ley decide no imputar o arrastrar el saldo a favor, no tienen la obligación de presentar la declaración de Iva que genera valores en ceros en los términos del artículo 22 de  la ley 1430 de 2010.

En consecuencia cuando la declaración de Iva genera valores en cero y hay un saldo a favor pendiente, el contribuyente decidirá si la presenta  o no.

Si el contribuyente decide no presentar la declaración, en un periodo futuro no podrá imputar o arrastrar ese saldo a favor, por  lo que tendrá que solicitar en devolución ese saldo a favor, si es procedente hacerlo.

Recordemos que no todos los responsables del Iva pueden solicitar la devolución de los saldos a favor. Solo pueden hacerlos los productores de bienes exentos, exportadores y quienes tengan un saldo a favor como consecuencia de un exceso de renciones, de modo que si un contribuyente no puede solicitar la devolución de su saldo a favor, no tiene otra alternativa que imputarlo en la declaración siguiente, caso en el cual tendrá que declarar aún cuando los demás valores estén en ceros.

Tomado:  Gerencie.com

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