jueves, 11 de agosto de 2011

Personas naturales contribuyentes


Son contribuyentes todas las personas naturales?

La respuesta es que sí. El artículo 7 de del estatuto tributario, expresamente establece que las personas naturales son contribuyentes del impuesto de renta. Lo mismo establece nuestra constitución política, en su artículo 95 cuando afirma que es deber de todo ciudadano contribuir con los gastos y las inversiones del estado.
De modo pues, que toda persona natural, sin importar su condición es contribuyente del impuesto de renta, sin excepción alguna.
Lo que se debe tener claro respecto a las personas naturales, es que si bien todas son contribuyentes del impuesto a la renta, no todas las personas naturales son declarantes del impuesto.
Recordemos que una cosa es ser contribuyente del impuesto de renta, y otra muy diferente es ser declarante del impuesto de renta.
No todas las personas naturales están obligadas a declarar. Y de las personas que están obligadas a declarar, no todas necesariamente deben pagar impuestos, puesto que para las personas naturales que declaran renta, se empieza a pagar impuesto a partir de un monto determinado (Por favor consultar el artículo 241 del Estatuto tributario)
Respecto a las personas naturales que están en la obligación de declarar, son aquellas que no cumplen los requisitos establecidos en los artículos 592, 593 y 594-1 del Estatuto tributario. Estos artículos establecen los requisitos para que las personas naturales no declaren. Con el incumplimiento de uno sólo de esos artículos la persona natural se convierte en declarante.
Respecto a las personas naturales que no declaran, dice la ley (Artículo 6 del Estatuto tributario), que el impuesto de renta de éstas será igual a las retenciones en la fuente que le practiquen en el respectivo periodo gravable, de modo que éstas personas no declaran pero si contribuyen mediante las retenciones en la fuente que les practiquen.
Recordemos que la figura de la retención en la fuente, tiene por objetivo recaudar de forma anticipada el impuesto de renta. De esta forma, el estado garantiza el cobro del impuesto a todas las personas naturales, en el momento en que estas reciban ingresos por los diferentes conceptos susceptibles de aplicárseles la retención en la fuente.

Tomado de Gerencie.com

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