domingo, 26 de mayo de 2013

Se aproxima el primer pago de la retefuente a titulo CREE... debe PRESENTAR POR MEDIO ELECTRONICOS

De conformidad con el Decreto 862 de Abril 26 de 2013 y en concordancia con el artículo 3 de la Resolución DIAN de mayo 7 de 2013
PARÁGRAFO 1. Los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital estarán obligados a presentar las declaraciones de retenciones en la fuente por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE por medios electrónicos. Las declaraciones presentadas por un medio diferente, por parte del obligado a utilizar el sistema electrónico, se tendrán como no presentadas.
Así mismo, a partir del 1 de agosto de 2013, los contribuyentes, responsables y agentes de retención de que trata este parágrafo estarán obligados a realizar los pagos por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE y por las retenciones del mismo impuesto a través de medios electrónicos.”
Es importante tener en cuenta que Los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital, deberán presentar y realizar el pago de las declaraciones de retención por concepto del impuesto para la equidad-CREE a través de  medios electrónicos y para esto se debe prever antes los bancos la habilitación de pagos electrónicos.

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