¿La compra de activos fijos se incluye en la
declaración de Iva
¿Al
elaborar la declaración de Iva es necesario incluir también las compras de
activos fijos realizadas en el periodo a declarar?
No hay una norma que diga si se
debe o no declarar la compra de activos fijos, así que trataremos de inferir la
respuesta de acuerdo a la normatividad vigente.
El artículo 488 del estatuto
tributario dice que sólo será descontable el impuesto a las ventas originado en
operaciones que constituyan costo o gasto. De allí se concluye que el Iva
pagado en la compra de activos fijos no da derecho a descontar el Iva que se
pague por ellos [Se exceptúa lo contemplado por el artículo 258-2 del estatuto
tributario].
Ahora, el artículo 602 del
estatuto tributario dice:
Contenido
de la declaración bimestral de ventas. La declaración
bimestral deberá contener:
(…)
3. La
discriminación de los factores necesarios para determinar las bases gravables
del impuesto sobre las ventas.
(…)
La declaración de Iva debe
contener lo necesario para que se pueda determinar con exactitud la base
gravable, y en este caso la compra de activos fijos no afecta en nada la base
gravable ni el impuesto a cargo por cuanto no es descontable, así que tampoco
aplica el literal c del artículo 580 del estatuto tributario.
Por su parte, la Dian en el
instructivo del formulario de Iva para el 2010 en su numeral 37 dice:
Compras
y servicios gravados: Incluya
en esta casilla el valor de las compras de bienes y servicios gravados que
efectuó en el periodo. El monto debe corresponder a la sumatoria de los valores
de las operaciones gravadas registrados en la factura comercial o documento
equivalente que den derecho a impuesto descontable.
De lo anterior se interpreta que
al renglón de compras y servicios gravados se deben llevar únicamente los
valores que den derecho a descontar el Iva pagado por ellos, y bien sabemos que
el Iva pagado en la compra de activos fijos no da derecho al descuento, por
tanto según el instructivo de la Dian no hay razón para la compra de activos
fijos al formulario.
Esto con respecto a la compra de
activos fijos gravados con Iva que hay muchos. Respecto a la compra de activos
fijos no gravados la situación podría ser un poco diferente, por cuanto el
instructivo de la Dian en su numeral 38 dice:
Compras
y servicios no gravados: Incluya
en esta casilla el valor de las compras de bienes y de servicios no gravados
que efectuó en el periodo. El monto debe corresponder a la sumatoria de los valores
de las operaciones no gravadas registrados en la factura comercial o documento
equivalente.
Aquí ya la Dian se pronuncia de
manera general respecto al total de compras no gravadas, por lo que se podría
entender que si se compra un activo fijo que no está gravado con el Iva, se
debería incluir en dicho renglón.
En el caso de las compras
gravadas la Dian de forma expresa dice que sólo se incluyen aquellas
compras gravadas que den derecho a descuento,
pero en el caso de las compras no gravadas, se limita a decir que se deben
incluir los valores de de las operaciones no gravadas, y al no incluir
distinción alguna, se debe entender que todas incluso las de activos fijos.
Pero en cualquier caso, podría
resultar irrelevante si se incluyen o no por cuanto el hecho de no incluirlas
no afecta el impuesto a cargo, ni la base gravable, de suerte que no se
configura ningún hecho sancionable aunque es posible que el contribuyente tenga
que dar algunas explicaciones en caso de una visita de la Dian, de allí la importancia
de tener unos anexos claros donde se plasme el procedimiento seguido en la
elaboración de la declaración.
Tomado de : Gerencie.com
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