Recientemente la administración de impuesto
emitió la resolución número 12761 del 9 de diciembre de 2011, señalando
los obligados a presentar las declaraciones tributarias y diligenciar los
correspondientes recibos de pago en forma virtual, dentro de los cuales se
encuentran nuevos contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios
aduaneros que amplían considerablemente el universo de obligados.
Por lo tanto existen dos grupos, los “antiguos”
quienes a la fecha de la resolución estaban obligados, continuaran
presentando sus declaraciones en forma virtual y los nuevos sujetos que a
diferencia de los primeros deberán cumplir dicha obligación a partir del 1 de
marzo de 2012, es decir desde las declaraciones de retención en la fuente de
febrero de 2012, impuesto a las ventas del primer bimestre de 2012, entre otras
que incluye la declaración de renta del año o periodo gravable 2011.
Es importante resaltar que dentro de los nuevos
sujetos se incluyeron todos los obligados a presentar información exógena
(medios magnéticos), quiere decir los declarantes de renta o ingresos y
patrimonio que en el año o periodo gravable 2010 obtuvieron ingresos brutos
superiores a $500 millones, las personas jurídicas o sociedades
de hecho beneficiarias de la progresividad del impuesto sobre la renta y los
empleadores que se acogieron al descuento tributario de la Ley 1429 de
2010.
Adicionalmente se incluyeron entre otros, los
agentes retenedores que son personas jurídicas obligadas a presentar la declaración
de retención en la fuente, las personas naturales que son representantes
legales, revisores fiscales y contadores de los obligados a declarar de forma
virtual.
Cabe anotar que cuando se adquiere la obligación
de manera posterior a la fecha de entrada en vigencia de la mencionada
resolución, el inicio de la presentación de las declaraciones en forma virtual
se deberá hacer a partir del mes siguiente.
Tomado de Gerencie.com
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