sábado, 29 de diciembre de 2012

Reajuste fiscal activos fijos año 2012


Los contribuyentes del impuesto a la renta que declaran por el año gravable 2012 pueden optar por aplicar el artículo 70 del estatuto tributario y en tal caso reajustar los activos en un 3.04%.
Así lo ha contemplado el artículo 2 del decreto 2714 de diciembre 27 de 2012 expedido por el ministerio de hacienda:
Ajuste del costo de los activos.  Los  contribuyentes  podrán  ajustar el costo  de  los  activos  fijos  por el  año  gravable  2012,  en  un  tres punto  cero  cuatro  por ciento (3.04%), de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario.
Recordemos que el reajuste contemplado por el artículo 70 del estatuto tributario es opcional y cada contribuyente evaluará la conveniencia o no de aplicarlo, cabe anotar que si los activos fijos ya fueron ajustados anteriormente deberan seguir practicando el reajuste fiscal.

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