Bogotá, Enero 4 de 2012. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informa
que los responsables del Impuesto Nacional al Consumo continuarán utilizando las facturas
previamente autorizadas o habilitadas
por la DIAN mediante resolución, discriminando el concepto, la tarifa y el valor de este impuesto.
De otro lado, la DIAN considera importante recordar que aunque la reforma tributaria en su artículo 79 sustituyó
para algunos restaurantes el IVA del 16% por un impuesto al consumo del 8%,
también mantuvo para restaurantes que
operen bajo franquicia, concesión, regalía o autorización, el IVA del 16%. Por
lo tanto, los restaurantes cobrarán IVA o Impuesto al Consumo dependiendo de su naturaleza.
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